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Mostrando las entradas de marzo, 2018

PROCEDIMIENTO DE LA ACCIÓN PENAL POR UN PARTICULAR

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INVESTIGACION CLASE 12 DE MARZO PROCEDIMIENTO DE LA ACCIÓN PENAL POR UN PARTICULAR A) El Particular inicia la acción penal, por delitos únicamente perseguibles por querella, cuya penalidad sea alternativa, distinta a la privativa de la libertad o cuya punibilidad máxima no exceda de tres años de prisión, en audiencia ante el Juez de Control (art. 428). La víctima u ofendido debe contar con datos que permitan establecer que se ha cometido un hecho que la ley señala como delito y exista probabilidad de que el imputado lo cometió o participó en su comisión (art. 428).   P27-01, 06. Si el acusador particular no requiere la realización de actos de molestia, el Juez de Control procederá a verificar los requisitos formales y materiales (art. 431): ·          “I. El nombre y el domicilio de la víctima u ofendido; ·          II. Si la víctima o el ofendido son una persona jurídica, se indicará su razón social y su domicilio, así como el de su representante legal; ·  

Primera etapa "Audiencia Inicial”

Clase del 8 de Marzo Primera etapa "Audiencia Inicial” Apertura de Audiencia articulo 44 CPP.-  Oralidad de las actuaciones procesales Las audiencias se desarrollarán de forma oral, pudiendo auxiliarse las partes con documentos o con cualquier otro medio. En la práctica de las actuaciones procesales se utilizarán los medios técnicos disponibles que permitan darle mayor agilidad, exactitud y autenticidad a las mismas, sin perjuicio de conservar registro de lo acontecido. Individualización de las partes articulo 57 CPP.- Ausencia de las partes En el caso de que estuvieren asignados varios Defensores o varios Ministerios Públicos, la presencia de cualquiera de ellos bastará para celebrar la audiencia respectiva. El Defensor no podrá renunciar a su cargo conferido ni durante las audiencias ni una vez notificado de ellas. Si el Defensor no comparece a la audiencia, o se ausenta de la misma si

Detención en Flagrancia y Urgencia (TEMA EN CLASE)

TEMA DE CLASE DETENCIÓN EN FLAGRANCIA (MAPA CONCEPTUAL) Se debe detener al presunto responsable cuando se esté cometiendo el ilícito, para así de manera inmediata ponerlo a disposición de la autoridad más próxima. Se pondrá de manera inmediata a disposición del MP quien informará sobre sus derechos y su situación legal. (LA VICTIMA PODRÁ INTERPONER UNA QUERELLA EN MP, EN CASO DE NO REALIZARLA EL PRESUNTO RESPONSABLE QUEDARÁ EN LIBERTAD.) El MP verificará su legal detención. En caso de que la detención no haya sido legal se pondrá en libertad al presunto responsable. En caso de que la detención se haya realizado de manera legal continuará con la investigación para poner al detenido a disposición del juez de Control DETENCIÓN POR URGENCIA. MP ordenará la detención del presunto responsable. La policía deberá ejecutar la acción de detener e informar al detenido sobre sus derechos, e

Detención por Flagrancia y urgencia

DETENCION DE FLAGRANCIA La intervención penal del Estado solo es posible allá donde el pensamiento criminal se ha manifestado en hechos y siempre que esos hechos se ajustan a la descripción que de éstos realiza la ley. Por tanto, el principio de legalidad-- a través del principio del hecho y, con el, de la garantía criminal--,es un presupuesto indispensable para que pueda producirse una detención, ya sea en flagrancia, ya en caso urgente. La detención el flagrancia , así como la detención inmediatamente después , actualmente se encuentran en el Art 16 CPEUM en los siguientes términos. "Cualquier persona puede detener al indiciado en el momento en que esté cometiendo un delito o inmediatamente después de haberlo cometido, poniéndolo sin demora a disposición de la autoridad más cercana y ésta con la misma prontitud, a la del Ministerio Público. Existirá un registro inmediato de la detención." "En casos de urgencia o flagrancia, el juez que reciba la consign

LECTURA DE DERECHOS

TEMA DE CLASE 01-MARZO LECTURA DE DERECHOS ART. 20 CONSTITUCIONAL, APARTADO B, FRACCIÓN III ·          "A qué se le informen, tanto en el momento de su detención como en su comparecencia ante el MP o el juez los hechos que se le imputan y los derechos que le asisten". LOS TRES MOMENTOS Por medio de formato policía (Quien detiene=Primer correspondiente) Por medio de formato puesta o disposición ante MP. Ante el juez de control. LA FALTA DE LECTURA DE DERECHOS Una falta de lectura de derechos permite que el imputado se vaya a casa  en una audiencia de control de legal detención, hay quienes dicen que la falta de lectura de derechos no propicia ello, no obstante, en la práctica nacionalmente se hace valer la ausencia de lectura de derechos por parte de la policía y en consecuencia se toma en cuenta la parte nacional y la interpretación gramatical de la fracción III de apartado B del artículo 2

LECTURA DE DERECHOS AL PRESUNTO INOCENTE

INVESTIGACION LECTURA DE DERECHOS AL PRESUNTO INOCENTE Derechos del Inculpado De acuerdo con la Constitución, así como con los Tratados Internacionales, todo presunto culpable cuenta con una serie de derechos dentro del procedimiento penal acusatorio: Derecho a la presunción de inocencia; Derecho a no ser sometido a detenciones arbitrarias;  Derecho a conocer las razones de la detención;  Derecho a ser informado de sus derechos;  Derecho a comunicarse con alguien (no ser incomunicado);  Derecho a ser mantenido en un lugar de detención reconocido;  Derecho a condiciones dignas de detención;  Derecho a tener acceso a asistencia letrada desde el arresto;  Derecho a la integridad personal (a no ser sometido a tortura o malos tratos, inhumanos o degradantes);  Derecho a la igualdad ante la ley y ante los tribunales;  Derecho a un fiscal imparcial y objetivo;  Derecho a tener acceso a un doctor;  Derec

RESUMEN CLASE 28 FEBRERO

RESUMEN CLASE 28 FEBRERO Trilogía Investigadora. Es necesario que la policía y el MP actúen de manera conjunta para que se obtenga con éxito el establecimiento de los hechos. Es necesario que el MP confirme de donde se recaba la evidencia y verifique su almacenamiento para que estos posteriormente se conviertan en medios de prueba. El MP solicitará ayuda de un perito o policía facultado para que se de certeza de la evidencia y esta pueda ser embalada y etiquetada. El embalaje y su Traslado. El embalado debe cumplir requisitos previos al etiquetamiento. Identificación del objeto. Método que se emplea para realizar el embalaje. Material para el embalaje del objeto. Revisar que la escena del crimen se encuentre asegurada y preservada. Nota. - Es necesario se evite que la persona que realiza el embalaje no propicie la contaminación del objeto, ya sea dejando sus huellas o borrando las existentes. Se debe emplear técnicas de preservac

METODOS Y TECNICAS DE LA INVESTIGACION

INVESTIGACION  METODOS Y TECNICAS DE LA INVESTIGACION ·           Teniendo en cuenta la extensión y el tipo de terreno o edificación donde se encuentra la escena del crimen y la naturaleza del delito que se investiga, se deberá establecer el mejor método para la inspección técnico-ocular del lugar, ya que en determinadas oportunidades las evidencias son muy obvias y fáciles de localizar, pero existen otras que demandan un registro más detenido y sistemático. Por ello, se aconseja seguir algunos de los siguientes métodos: ·           Método de franjas o líneas . Es ideal para grandes espacios y consiste en realizar un rastrillaje sobre un campo abierto. Para ello, se requiere de varias personas, dispuestas en línea, que avanzan hacia delante en la misma dirección. De encontrarse algún indicio, se dará aviso inmediato al responsable del equipo, pero sin tocar la evidencia. ·           Método de cuadrilla o rejilla . Es muy parecido al de franjas, con la diferencia de q

ESCLARECIMIENTO DE LOS HECHOS

ESCLARECIMIENTO DE LOS HECHOS Lo anterior requiere que sea un procedimiento metodológico y metódico, fiel y respetuoso de las ciencias forenses. METODOLOGÍA DEL EMBALAJE IDENTIDAD: Para poder embalar un algo, es indispensable que se tenga presente la identificación del indicio, hallazgos o evidenciares podría caerse en un usar por usar el embalaje sin que tenga razón de ser, sin causa objetiva caeríamos en los absurdos de la cadena de custodia; tal cuestión implica, que solo únicamente se recaban los embalajes de objetos hallados en el lugar de los hechos, pero también lo embalado, necesariamente debe ser idónea y pertinente pues no podríamos embalar algo que se encontró en el lugar de los hechos pero no tenga razón de ser. EJEMPLOS DE APLICACIÓN DE PERTINENCIA E IDONEIDAD DE LA PRUEBA EL LEVANTAMIENTO DE HALLAZGO Un homicidio cometido con disparo de arma de fuego, la victima que es una dama, misma que en su bolso le encontraron u